EVOLUCIÓN DE LA EXPRESIÓN DOGMÁTICA (4)

   
 


 

 

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C. DESARROLLO ESCOLÁSTICO

BOECIO. Fue necesario esperar hasta Boecio (480‑524) para intentarse una definición y diferenciación más exacta de las palabras "persona" y "naturaleza". En Nicea se usaron tales palabras, no en sentido exacto sino aproximado.

Tertuliano usó el término "persona", pero fue Boecio el primero entre los latinos que consta que intentó definir tal palabra. En su obra: "Libro de la Persona y las dos Naturalezas, contra Eutiques y Nestorio. A Juan, diácono de la iglesia romana" (513), Boecio define la persona como el sujeto de la naturaleza, y presenta a la "persona" diferente de "la naturaleza", en que aquella es substancia racional individual. En su obra "Cómo la Trinidad es un Dios y no tres dioses", escribe Boecio:

"Si «Padre» e «Hijo» se predican de Uno y no de Otro, difieren sólo en la relación, pues la relación verdaderamente no se predica de sí misma o de la cosa a la cual se le atribuye".

Así Boecio se adelanta a la Edad Media al inscribir, como se dice, a las "personas" en el predicamento de la "Relación". Sigue explican­do Boecio:

"Ninguna relación puede constituirse con un solo término; por ello no existe relación cuando sólo existe una cosa. En la Trinidad existe entonces diversidad por vía de relación; mientras que la Unidad se predica de aquello que es común o substancia".

Hasta Boecio se usaba en forma ambigua "naturaleza" y "esencia"; igualmente "persona" (prosopon) e " hipóstasis".


Boecio intenta una diferenciación, sin embargo, aún utiliza la palabra "substancia" en dos sentidos, según se refiera a la Trinidad, o a la Unión Hipostática de las dos Naturalezas en la Persona de Cristo. En su doctrina Trinitaria, Boecio relativiza las personas para salvar la Unidad de la Substancia Divina; en su cristología en cambio substancializa la Persona para salvar la Unidad Hipostática. Fue necesario esperar hasta Ricardo de San Victor, en el siglo XII, para superar tal ambigüedad. La Escolástica Medieval reacondicionó las definiciones de Boecio, pues éste aún no llegó a explicar la Unidad de una Relación que fuese subsistente y además individual; tampoco llegó Boecìo a identificar a la "persona" como sujeto de existencia. En Boecio no se distingue aún esencia de existencia, y como ya dijimos, "substancia" fue usado en dos sentidos: en el universal, esencia, y en el individual, hipóstasis. La esencia (ousia) según Boecio es la substancia universal; la naturaleza (fisis) es la esencia formada por diferenciaciones específicas y propiedades, es decir, ousiosis; hipóstasis, sería la substancia, mas ya no universal, sino individual; la persona entonces sería la hipóstasis racional.

SEGUNDO CONCILIO DE CONSTANTINOPLA. Más tarde, en el año 553, se celebró el Segundo Concilio de Constantino­pla, donde se intentó un acercamiento entre los calcedonenses (adeptos al credo de Calcedonia) y los monofisistas moderados, para lo cual se condenaron algunas expresiones de los teólogos Teodoro de Mopsuestia, Teodoreto de Ciro e Ibas de Edesa, con el propósito de evitar interpretaciones nestorianas a la definición de Calcedonia. En el intento de ganarse a los monofisistas, el Patriarca Sergio de Constantinopla, a principios del siglo VII formuló la doctrina del Monotelismo, en la cual negaba la voluntad humana de Cristo, diciendo que en Él había meramente voluntad Divina. El Papa Romano Honorio también se pronunció a favor de la herejía monotelita que minimizaba la completa Humanidad de Cristo. Entonces contra el monofisismo y el monotelismo se levantó Máximo de Crisópolis, Confesor (580‑662), por cuya intervención fueron reconocidas la Voluntad Humana y la Divina de Cristo, de manera que en el CONCILIO DE LETRÁN (649), un año después que el emperador Constante II prohibió toda discusión acerca de si en Cristo había una o dos voluntades, el monotelismo fue condena­do.

TERCER CONCILIO DE CONSTANTINOPLA. Años más tarde en el Tercer Concilio de Constantinopla (680‑681) se reafirmaron la definición de Calcedonia y la condena del monote­lismo. El Papa Honorio fue entonces también condenado por el Concilio.


SEGUNDO CONCILIO DE NICEA. A la controversia monotelita le siguió la controversia iconoclasta, si debía o no hacerse uso de las imágenes. El Segundo Concilio de Nicea (787) falló a favor de su uso, sin sospechar que siglos después, en la práctica popular, la mera dulía o veneración recordatoria daría lugar a la directa idolatría o culto de adoración a las imágenes. Entramos así de lleno a la Edad Media; la Teología, pues, se desarrolló en la Escolástica.

Gilberto de la Porré (1076‑1154) comentarista de Boecio, estudió la condición, en la Trinidad, de cada Persona Divina, siendo representante de la corriente personalista que centraba su análisis en la diversidad de las personas, al contrario de la corriente esencialista, que lo hacía en la unidad de la Substancia. Parece haber sido Gilberto de la Porré el primero en aplicar una filosofía de la existencia a la Persona.

Ya Anselmo de Canterbury (1040‑1119) definía a la persona como aquella de quien es la esencia, en cambio la esencia es el principio de lo que es. En el mismo siglo XII, Pedro Lombardo (_1164) emprende la corrección de Agustín de Hipona, quien daba a las Personas un sentido absoluto; también Pedro Lombardo, al sostener que en la Trinidad las "procesiones" van de Persona a Persona, corrige a los griegos quienes presentaban tales procesiones de Substancia a Substancia. Pero es en este siglo XII Ricardo de San Víctor (_1163), quien definitivamente supera a Boecio en la definición de "persona", mostrando la ambigüedad, ya mencionada, de éste. Según Ricardo de San Victor, la Persona Divina es Naturale­za Divina de existencia incomunicable. De manera que la Persona tiene sistencia (lo que es) y existencia (Quien lo es). Así que cada Persona tiene sistencia de una manera que le es propia.


Entonces Alejandro de Hales (1180‑1245) reteniendo la terminología boeciana, pero adoptando la escuela de Ricardo de San Victor, llega a expresar que "subsistente" no es sujeto de accidente sino de atribución. ¿Cómo podrían ser sujeto de accidente las inmutables, perfectísimas y completísimas Personas Divinas? De manera que para Alejandro de Hales se hacía necesario modificar el sentido de la terminología boeciana, su nomenclatura. Esta tuvo la siguiente evolución en la definición dogmática: La esencia (ousia) es lo que tiene ser; ahora bien, el ser que tiene es la ousiosis, o sea, la naturaleza en el sentido común y universal. Si esta naturaleza llega a identificarse como singular e incomunicable, eso sería la hipóstasis, en el caso de no atribuírsele una propiedad determinada. Pero si a la hipóstasis se le atribuye una propiedad determinada de naturaleza racional, se llegaría a tener lo que se llama persona; de manera que la persona es el sujeto de la hipóstasis.

Buenaventura (1221‑1274) define a la Persona como el sujeto de naturaleza racional con propiedades distintivas. Vemos, pues, que la Escolástica, aunque utilizando a Boecio, lo supera.

Alberto Magno (1206‑1280), maestro del famosísimo escolásti­co Tomás de Aquino, respalda la critica de Ricardo de San Victor a Boecio; de éste aprende y a éste sucede Tomás de Aquino (1225‑1273), quien lleva la Escolástica a su punto máximo. Aunque usa a Boecio, usa restricciones para el sentido de las definiciones, e incluso las cambia reconociendo el aporte de Ricardo de San Víctor. En el siglo XII ya se reconoce sin sombra de duda a la Persona como alguien, en vez de un algo. De la misma manera se define la esencia y la existencia como los que del Quien a quien se atribuye la Persona. La Persona es alguien que es aquel que es. Lo tal se dice del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo; cada uno es Persona.

Con Tomás de Aquino parece haberse llegado a una conclusión final en esta evolución de la expresión dogmática, la cual ha permanecido incólume, desde sus días, y a través de la Reforma Protestante, hasta nuestro siglo XX.

Queremos, pues, para concluir, citar suficientemente a Tomás de Aquino en lo relativo al tema tratado, de su obra: "La Suma Teológica", Dice el Aquinate:


"La palabra «persona» significa lo que hay más perfecto en toda naturaleza, es decir, lo subsistente en una naturaleza racional. Ahora bien, como todo lo que sea perfección debe atribuírse a Dios, puesto que Su Esencia contiene en sí toda perfección, es conveniente adoptar esta palabra hablando de Él, aunque no del mismo modo que se aplica a las criaturas, sino de otro mucho más excelente, así como se atribuyen a Dios otros nombres tomados de los que damos a las criaturas, conforme a lo demostrado al tratar de los Nombres Divinos. Lo que constitu­ye la dificultad respecto de la palabra persona, atribuida a la Divinidad, es el predicarse en plural de tres, lo cual es contrario a la naturaleza de los nombres esenciales, y que además no se refiere a otra cosa, como las palabras que notan relación. He aquí por qué algunos han creído que este nombre persona significa esencia absolutamente en su acepción propia, lo mismo que el nombre "Dios" o el nombre "sabio" Mas, para combatir las sutilezas de los herejes, se ordenó por un concilio que se pueda usar em sentido relativo y señaladamente en plural: o como nombre partitivo: como cuando decimos "Tres Personas" o bien "Una es la Persona del Padre" y "Otra la Persona del Hijo". Pero en singular puede usarse en sentido absoluto o relativo. Mas esta razón no parece satisfactoria, porque si la palabra persona no significase en su propia acepción otra cosa que la Esencia Divina, el decir que en Dios hay tres Personas, no hubiera acallado la calumnia de los herejes, sino que hubiera dado pábulo a mayor calumnia.

“Otros por esto mismo dijeron que la palabra persona significaba en Dios esencia y relación simultáneamente. Entre estos algunos pretendieron que dicha palabra significara directamente la esencia e indirectamente la Relación; porque la persona se dice, como "Una por Sí", y "la Unidad" pertenece a la Esencia; mas lo que se dice "por Sí", implica indirectamente la Relación, pues que se entiende que el Padre es por Sí Mismo como distinto del Hijo en Su Relación con Él.


“Otros, por el contrario, dijeron que significaba directamen­te la Relación, e indirectamente la Esencia; porque en la definición de la persona, la naturaleza no entra sino indirecta­mente: éstos se aproximaron más a la verdad. Para esclarecer esta situación, debe observarse que hay algo en la significación de lo menos común, que no pertenece a la de lo más común; así, en la significación de la palabra "hombres" se incluye la idea de "racional", que no está comprendida en la de la palabra "animal"; por consiguiente, una cosa es buscar la significación de la palabra animal, y otra la aplicación de esta misma palabra aplicada al hombre. Igualmente, una cosa es indagar la significa­ción de la palabra persona en general, y otra distinta la de la Persona Divina; porque persona en general significa "sustancia individual de naturaleza racional", y se entiende por individuo lo que es indistinto en sí, pero distinto de otros. Así, pues, persona en cualquier naturaleza significa lo que es distinto dentro de ella, como en la naturaleza humana significa estas carnes, estos huesos y esta alma, que son los principios que individualizan al hombre; y aunque estos elementos no entren en la significación común de la palabra persona, sí, empero, en el de la persona humana.

“Ahora bien, en la Divinidad no se hace distinción sino por relaciones de origen, según lo dicho, y la Relación en Dios, por otra parte, no es como un accidente inherente a un sujeto, sino que es la misma Divina Esencia y, por lo tanto, es subsistente como subsiste la Divina Esencia; y como la Deidad es Dios, del mismo modo la Paternidad Divina es Dios Padre, que es una Persona Divina. La Persona Divina significa, pues, una relación como subsistente; y esto es significar la relación por modo de substancia, que es la hipóstasis subsistente en la Naturaleza Divina... Según esto, es cierto que la palabra persona significa directamente Relación e indirectamente Esencia: mas no Relación en cuanto es relación, sino en el concepto de hipósta­sis. Significa también directamente Esencia e indirectamente Relación, en tanto que la Esencia es lo mismo que la Hipóstasis, mas la Hipóstasis en la Divinidad se significa como distinta en la Relación; y así la Relación, por modo de Relación, entra en la razón de Persona indirectamente. Y conforme a esto puede también decirse que antes de las sutilezas de los herejes, esta significación de la palabra persona no era bastante conocida; por lo cual no estaba en uso sino como uno de los otros términos absolutos. Mas después se ha adoptado este nombre "Persona" en sentido relativo, atendiendo a la congruencia de su significación; de modo que esta significación relativa le ha provenido, no sólo del uso, como pretendía la primera opinión, sino también de su significación propia. La pluralidad de Personas en Dios es una consecuencia de lo que precede, porque se ha demostrado que la palabra persona significa en Dios relación, como cosa subsistente en la Divina Naturaleza. Igualmente queda evidenciada la pluralidad de estas Relaciones reales. De donde se deduce que hay realmente en la naturaleza Divina varias cosas subsistentes; que es lo mismo que decir que hay en Dios pluralidad de Personas.


“Según lo dicho anteriormente, es necesario reconocer en Dios no más de tres Personas. Acabamos de demostrar que muchas Personas suponen muchas Relaciones subsistentes, realmente distintas entre sí, y esta distinción real entre las Relaciones Divinas no se funda sino en la razón de su relativa oposición. Luego, necesariamente las dos Relaciones opuestas corresponden a dos Personas; y si hay Relaciones no opuestas, deberán pertenecer a una misma Persona. Así, siendo la paterni­dad y la filiación dos relaciones opuestas, corresponden necesariamente a dos Personas: y en efecto, la paternidad subsistente es la Persona del Padre y la filiación subsistente es la Persona del Hijo. Hay, empero, además, otras dos relaciones que no son opuestas a ninguna de estas, sino opuestas entre sí, y que por lo mismo no pueden corresponder ambas a una sola Persona. Es preciso, pues, que o bien una de ellas convenga a las dos personas ya consignadas, o bien la una a una de estas y la otra a otra. Mas no es posible que la procesión convenga al Padre y al Hijo o a Uno de los Dos, puesto que entonces la procesión del entendimiento, que es en Dios verdadera generación y da origen a la paternidad y a la filiación, resultaría de la procesión del Amor, según la cual se realizan la expiración y la procesión, y la Persona que engendra y la del Engendrado procederían de la Persona que expira: lo cual es contrario a lo anteriormente establecido. Queda, pues, la única deducción de que la expiración conviene a las Personas del Padre y del Hijo, puesto que no hay en ella oposición relativa ni a la Paternidad ni a la Filiación; y por tanto, la Procesión conviene a otra Persona, la del Espíritu Santo, que procede por modo de Amor, según lo dicho. Resulta por consecuencia, que son Tres las Divinas Personas, a saber: el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo”.

En otro pasaje de la Suma Teológica, concluía Tomas de Aquino:

"Si bien las relaciones en las criaturas existen accidentalmen­te, en Dios son la misma Esencia Divina, de donde se sigue que en Dios la Esencia no es en realidad otra cosa que la Persona, y sin embargo, que las Personas son realmente distintas entre Sí. En efecto, la Persona, como se ha dicho, significa la Relación, en tanto que es subsistente en la naturaleza Divina; pero la Relación, comparada con la Esencia, no difiere en realidad, sino sólo racionalmente, al paso que si se la compara con su Relación opuesta, es realmente distinta de ella en virtud de oposición. Así que la Esencia permanece Una, siendo Tres las Personas".


Con esto llegamos a la conclusión de esta parte de Considera­ciones Históricas, dado que la expresión dogmática llegó en este punto a su nivel máximo de evolución patentado en el Concilio de Florencia, permaneciendo así hasta nuestros días modernos. Tras la Edad Media, la Reforma Protestante, que pasó por el cedazo las doctrinas cristianas, conservó, sin embargo, como verdadera esta final concepción de la Divinidad. Esa fue la razón por la que aun el reformador Calvino anatematizó la doctrina unitaria de Miguel Servet, el cual, conforme a la costumbre de la época, fue quemado en la hoguera. El unitarismo de Servet no era una novedad o avance, sino un rebrote herético de la vieja concepción sabelianista, modalista y unicista, estrechamente emparentadas al monarquia­nismo, adopcionismo y patripasionismo. A comienzos del siglo XX, una rama del pentecostalismo, los "Sólo Jesús", revivieron el viejo brote. Por otra parte, el arrianismo, que negaba la Divinidad del Verbo, está también representado por los "testigos" del movimien­to Ruselista.

No obstante, el entendimiento ortodoxo ha sido compartido por las principales ramas de la Cristiandad de Occidente, Oriente y la Reforma, hasta hoy. Witness Lee, en nuestros días, ha intentado una aproximación más novedosa, que sin embargo, Bill Freeman rastrea, pasando por la reforma hasta la Patrística.[1]

No quiero terminar esta parte III de este Opúsculo de Cristología sin expresar mi reconocimiento a los autores de quienes he consulta­do obras o escritos para la documentación histórica. Hago, pues, mención de ellos en orden alfabético:

J. Angus, D. Brown, E. Danyans, E. Dussel, A.R. fausset, J. Flores, C. Folch Gómez, J.L. González, S. Green, J.L. Hurburt, R. Jamieson, F. Lacueva, R. Machado, J. McDowell, J. Quasten, A.T. Robertson, A. Trapé, H. Vos, E. Yamauchi, Watchtower Bible and Tract Society.

 

Gino Iafrancesco V.

Segundo semestre de 1982,

Paraguay



[1]Bill Freeman, El testimonio de la Iglesia en relación al misterio del Dios Triuno.

 

 
 

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